Impuesto a las Personas Jurídicas
Nombre oficial: Reforma de los Artículos 5 y 7, y Adición de un Transitorio V a la Ley N.° 9428, Impuesto a las Personas Jurídicas, de 21 de Marzo de 2017, y sus Reformas
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Jurídicos11 ago 2025 – 30 oct 2025 · 14 abr 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
De qué trata
Cambia el castigo por no pagar el impuesto a las personas jurídicas: en vez de disolver la sociedad morosa, la inmoviliza (la congela sin extinguirla) hasta que pague, y en lugar de rechazar sus documentos en el Registro Nacional suspende la inscripción como defecto subsanable. Permite además, por un plazo transitorio, que sociedades ya disueltas por este impuesto y no liquidadas se reinscriban tras pagar lo adeudado.
Según el texto presentado el 21 de mayo de 2025. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.996).
Lo último en el registro del expediente
En resumen
El texto pasó a la Comisión de Redacción, que afina su redacción final, según la tramitación oficial del expediente.
mié, 22 abr · Trámite oficial
¿Qué sigue?
Le falta la votación en segundo debate en el Plenario.