Salarios de lujo
Nombre oficial: Ley contra los salarios de lujo en la administración pública (reforma al artículo 42 de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas)
Ver quién lo presentó
Antonio José Ortega Gutiérrez, Priscilla Vindas Salazar, Johnatan Jesús Acuña Soto, Rocio Alfaro Molina, Sofia Alejandra Guillén Pérez, Andrés Ariel Robles Barrantes
Ver quién votó
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Hacendariosdesde el 29 ago 2024
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Asuntos Hacendarios · 11 diputaciones
De qué trata
Baja el tope salarial de los altos jerarcas públicos
Reduce de veinte a doce salarios base el tope máximo de remuneración en el sector público —unos tres millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil colones, según los proponentes— y aclara que actualizar ese tope cada año es una facultad de la administración y no una obligación automática. Alcanza cargos de elección popular, incluidos alcaldes y regidores, y por el principio de no retroactividad no se aplicaría a quienes ya ocupan el puesto, sino a quien lo asuma después.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.438).
Qué pasó la semana del 3 al 9 de agosto
En resumen
La comisión rechazó el expediente por el fondo con 2 votos a favor y 8 en contra, con el proyecto vencido desde el 30 de setiembre de 2025. Antes de esa votación se dispensó la lectura del informe de subcomisión de minoría (10-0) y se lo rechazó (2 a favor, 8 en contra), y se dispensó la lectura de una moción de texto sustitutivo del exdiputado Acuña Soto (8-2) que también fue rechazada (2-8). La redacción del dictamen quedó a cargo del despacho del diputado Gerald Bogantes y la presidencia aclaró que no se presentó moción de revisión.
Fuente: las actas de la sesión 30 de la Comisión de Asuntos Hacendarios (mié, 5 ago) y la sesión 30 de la Comisión de Asuntos Hacendarios (mié, 5 ago). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 5 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de la sesión que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Defiende el proyecto: sostiene que debe existir un límite razonable y ético al salario de quienes administran recursos públicos, que el tope vigente de veinte…
Defiende el proyecto: sostiene que debe existir un límite razonable y ético al salario de quienes administran recursos públicos, que el tope vigente de veinte salarios base se fijó sin estudio técnico y que el Poder Ejecutivo no ha hecho ningún estudio en cuatro años; dice que estaría dispuesto a votarlo incluso con un tope de dieciocho salarios y niega que el ahorro sea solo para la Municipalidad de San José
Pide la aprobación del proyecto; explica que el texto sustitutivo subía el tope a quince salarios base (unos 4,4 millones de colones), excluía instituciones en…
Pide la aprobación del proyecto; explica que el texto sustitutivo subía el tope a quince salarios base (unos 4,4 millones de colones), excluía instituciones en competencia y el servicio diplomático e incluía un transitorio para no afectar a funcionarios activos, y reclama la contradicción del Gobierno que decretó aumentos a ministros sin topar los salarios de altos jerarcas
Vota en contra: dice estar de acuerdo con revisar salarios elevados, pero que el proyecto no define qué es un salario de lujo, no aporta estudios técnicos que…
Vota en contra: dice estar de acuerdo con revisar salarios elevados, pero que el proyecto no define qué es un salario de lujo, no aporta estudios técnicos que justifiquen el tope de doce salarios base, ignora el salario global de la Ley de Empleo Público y no reforma el artículo 20 del Código Municipal que rige el salario de los alcaldes
Justifica su voto en contra: dice que el proyecto es un retroceso frente al esquema técnico de la Ley de Empleo Público, que su exposición de motivos dirige el…
Justifica su voto en contra: dice que el proyecto es un retroceso frente al esquema técnico de la Ley de Empleo Público, que su exposición de motivos dirige el ahorro solo a la Municipalidad de San José, que representa una afrenta a la autonomía municipal y que tiene un problema de técnica legislativa sobre cuál artículo se reforma
Se opone: como exalcaldesa de Heredia advierte que con doce salarios base un alcalde quedaría en unos 2,6 millones netos, por debajo de los directores del…
Se opone: como exalcaldesa de Heredia advierte que con doce salarios base un alcalde quedaría en unos 2,6 millones netos, por debajo de los directores del municipio, que no hay justificación del número y que a las municipalidades no les aplica la regla fiscal porque se financian con recursos propios
Otras 5 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 4 de Pueblo Soberano y 1 de Liberación Nacional.
¿Qué sigue?
El despacho del diputado Gerald Bogantes redactará el dictamen negativo del expediente.