Donaciones de la Municipalidad de Osa
Nombre oficial: Reforma a la Ley 9510, que autoriza a la Municipalidad de Osa a segregar inmuebles de su propiedad y donarlos a personas de escasos recursos y parceleros agrícolas
Ver quién lo presentó
Carolina Delgado Ramírez
Ver en qué comisión se vio
- Comisión Especial de la Provincia de Puntarenas5 mar 2026 – 19 may 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
De qué trata
Permite donar lotes municipales a familias de escasos recursos
Modifica la Ley 9510 para que la Municipalidad de Osa pueda separar terrenos de su propiedad y donarlos a personas de escasos recursos y a parceleros agrícolas.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.406).
Lo último en el registro del expediente
En resumen
La comisión entregó el expediente a la Secretaría del Directorio, camino al Plenario, según la tramitación oficial del expediente.
mar, 19 may · Trámite oficial
Quién lo apoya y quién lo objeta
La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 3 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.
Reconoce la buena intención del proyecto pero pide blindar el expediente con certeza sobre las fincas y los beneficiarios antes de avanzar
Otras 2 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 1 de Pueblo Soberano y 1 sin fracción.
¿Qué sigue?
Para avanzar necesita ganar la votación en primer debate en el Plenario.