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Justicia · 23.141

Desalojos de predios rurales

Nombre oficial: Ley para garantizar el cumplimiento de derechos laborales en los procesos de desalojo de predios rurales, modificación del inciso h), del artículo 70 del Código de Trabajo, Ley N.° 2, del 27 de agosto de 1943, y sus reformas

1
Apenas nace
4 meses
Presentado · 26 may 2022 – 3 oct 2022
Ver quién lo presentó

Antonio José Ortega Gutiérrez, Johnatan Jesús Acuña Soto, Sofia Alejandra Guillén Pérez, Rocio Alfaro Molina, Andrés Ariel Robles Barrantes, Priscilla Vindas Salazar

2
En estudio
1 año y 5 meses
En comisión · 3 oct 2022 – 28 feb 2024
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Sociales18 oct 2022 – 22 mar 2024

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
2 años y 3 meses
Plenario · 28 feb 2024
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
† Archivado el 2 de junio de 2026: el camino terminó acá.
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

De qué trata

Da más plazo a familias vulnerables en desalojos rurales

Busca dar plazos más justos a familias con personas con discapacidad y menores cuando se realizan desalojos administrativos de predios rurales, sin detener el desalojo, mediante modificación del inciso h) del artículo 70 del Código de Trabajo.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 23.141).

Qué pasó la semana del 25 al 31 de mayo

En resumen

Se sometió a votación una moción de orden de plazo cuatrienal que fue rechazada con 30 votos en contra y 25 a favor.

mar, 26 may · Plenario

Fuente: el acta de la sesión ordinaria 16 del Plenario (mar, 26 may). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas del Plenario.

† Se archivó

El proyecto salió de la corriente legislativa el 2 de junio de 2026, según la tramitación oficial de la Asamblea Legislativa.

Se le venció el plazo: se presentó el 26 de mayo de 2022, y el Reglamento de la Asamblea archiva todo proyecto que cumple cuatro años sin llegar a ser ley, salvo que el Plenario vote prorrogarlo (artículo 119). No lo rechazaron: se le acabó el tiempo.