Morosidad en Goicoechea
Nombre oficial: Autorización a la Municipalidad de Goicoechea para disminuir la morosidad de sus contribuyentes y facilitar la recaudación
Ver quién lo presentó
Leslye Rubén Bojorges León
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Gobierno y Administración6 sept 2024 – 31 mar 2025 · 10 mar 2026 – 7 abr 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
De qué trata
Permite a Goicoechea condonar deudas de contribuyentes
Autoriza a la Municipalidad de Goicoechea a facilitar el pago de las obligaciones tributarias de familias y comerciantes y a condonar (perdonar) montos adeudados, mediante solicitudes que se resuelven con una resolución administrativa motivada en la que se identifique a la persona beneficiaria, las obligaciones comprendidas y el monto condonado.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.469).
Qué pasó la semana del 27 de julio al 2 de agosto
En resumen
En el Plenario se presentaron mociones de fondo por la vía del artículo 137, por lo que el expediente se remitió a la comisión dictaminadora; dos días después su conocimiento seguía suspendido, a la espera del primer y segundo informe de esas mociones.
Fuente: las actas de la sesión ordinaria 40 del Plenario (mar, 28 jul) y la sesión ordinaria 42 del Plenario (jue, 30 jul). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas del Plenario.
Quién lo apoya y quién lo objeta
La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 2 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.
Apoya la moción del Frente Amplio y aclara que la resolución administrativa de condonación corresponde al alcalde o a quien él delegue, no al concejo municipal
Otra voz de Pueblo Soberano solo aparece votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué.
¿Qué sigue?
La comisión dictaminadora conocerá las mociones de fondo vía artículo 137.