Acceso comunal a protección de la niñez
Nombre oficial: Acceso Comunal a Recursos para la Protección de la Niñez
Dónde va
Ver quién lo presentó
- Robert Johsan Barrantes Camacho · Pueblo Soberano
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Juventud, Niñez y Adolescenciadesde el 1 sept 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Juventud, Niñez y Adolescencia · 7 diputaciones
Qué sigue
La subcomisión 3 debe estudiarlo y presentar su informe en 30 días hábiles, mientras llegan las respuestas de las instituciones consultadas.
De qué trata
Da a las comunidades las guías del MEP contra la violencia
Obliga al MEP a facilitar sus protocolos, materiales y herramientas sobre prevención de violencia contra menores a las asociaciones y organizaciones comunales inscritas que lo soliciten, y a publicar y grabar sus capacitaciones.
Según el texto presentado el 17 de agosto de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quien firma sostiene que Costa Rica vive un aumento de la violencia que golpea sobre todo a menores de edad y jóvenes, dentro de los hogares y en los centros educativos, y que ese círculo de agresión empuja a muchos a buscar afuera la contención que no reciben, donde los espera el crimen organizado que los recluta en entornos de pobreza y exclusión educativa.
Cita un registro del PANI de 117.316 niños y adolescentes que sufrieron algún tipo de violencia durante 2025, un boletín epidemiológico según el cual en 2024 los casos de violencia intrafamiliar crecieron en 4112 incidentes respecto del año anterior, y 5.313 causas por violencia en escuelas y colegios en 2025 mencionadas por la fiscal adjunta penal juvenil.
Argumenta que asociaciones comunales, fundaciones, grupos religiosos y voluntarios sostienen ese trabajo con pocos recursos y sin capacitación formal, sin herramientas para detectar señales de alerta ni canalizar casos, mientras el MEP ya tiene protocolos y guías validadas que no salen del sistema educativo.
Qué dice el texto
- Quién puede pedirlos: Pueden solicitar los materiales las asociaciones inscritas en el registro de asociaciones del Ministerio de Justicia y Paz y las organizaciones comunales inscritas ante Dinadeco, la dirección estatal que registra el desarrollo comunal.
- Qué entrega el MEP: El MEP debe facilitar protocolos, programas, materiales educativos y herramientas didácticas en prevención de la violencia contra personas menores de edad y personas jóvenes a las organizaciones que lo soliciten.
- Las capacitaciones: El MEP debe anunciar por sus canales oficiales y redes institucionales las capacitaciones, charlas y talleres sobre prevención de violencia, y grabarlos o transmitirlos en vivo por medios digitales de acceso público.
- El control de solicitudes: El MEP queda obligado a llevar un registro actualizado de las solicitudes que atienda, para efectos de seguimiento y rendición de cuentas.
- En las aulas: Suma al Código de la Niñez y la Adolescencia el deber del MEP de incluir en sus programas educativos programas restaurativos: abordajes donde el conflicto se trabaja reparando el daño y dialogando, para bajar los casos de violencia.
- Quién vigila: La Defensoría de los Habitantes queda como ente encargado de supervisar que se cumpla lo que la ley ordena.
- El plazo para el MEP: El ministerio tiene noventa días naturales desde la publicación de la ley para habilitar el mecanismo de solicitud, identificar los materiales disponibles y fijar el calendario de capacitaciones que se van a difundir.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 17 de agosto de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.711).
Qué pasó la semana del 21 al 27 de septiembre
La comisión amplió por única vez en 60 días hábiles el plazo para tramitar el proyecto, por 7 votos a 0. También aprobó por unanimidad consultarlo al MEP, el PANI, el Ministerio de Cultura y Juventud, la Defensoría de los Habitantes y la Confederación Nacional de Asociaciones de Desarrollo, a propuesta del diputado Barrantes Camacho. Se asignó a la subcomisión 3 por 30 días hábiles.
mar, 22 sept · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 5 de la Comisión de Juventud, Niñez y Adolescencia (mar, 22 sept). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.